La suma de doce mil pesos ($ 12,000), señalada en el capítulo 12, artículo 205, del Presupuesto de la vigencia en curso, para atender a la alimentación de menores no recluidos sino simplemente asilados en las Casas respectivas, se distribuye así:
Decreto 142 de 1929 →Vigente
Artículo 1
Decreto 142 de 1929 · Sobre distribución de la partida asignada en el presupuesto de 1929 para alimentación de menores simplemente asilados en las casas de Bucaramanga, Manizales y Medellín
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.