°. Delegación . Los integrantes del Codecti podrán delegar su participación en las sesiones máximo dos (2) veces por cada año de su período, con excepción de los delegados del Gobernador y del Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital. La delegación solo podrá hacerse en cargos directivos o asesores, cuando sean representantes de personas jurídicas y organizaciones. Cuando el integrante del Codecti, sea persona natural, el delegado deberá tener las mismas calidades del titular elegido. Para formalizar la delegación, el delegante deberá suscribir un documento de delegación que deberá contener el objeto, el tiempo de la delegación, la autoridad o persona delegataria, los asuntos específicos que se delegan y la potestad o no de votar en las deliberaciones a las que haya lugar según agenda de cada sesión del Codecti. Este documento de delegación deberá ser radicado en la Secretaría Técnica del Consejo.
Es deber de los integrantes del Codecti asistir y participar en cada una de las sesiones del Consejo y notificar sobre eventuales ausencias, con la debida justificación, al presidente de este órgano colegiado.