Micelio

Artículo 5

Decreto 923 de 1883 · Sobre la primera liquidación de los presupuestos nacionales de rentas y gastos para la vigencia económica de 1883 a 1884

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5° Para el reconocimiento, legalización y pago de los sueldos &o. de los empleados que quedan cesantes en virtud de la ley 40 de Presupuestos nacionales desde 1.° de Septiembre, que han presentado sus servicios dentro del presente año económico, y cuyas funciones cesan desde la publicación del presente decreto, los respectivos Secretarios abrirán créditos suplementales para indemnizarles el tiempo que estuvieron en servicio, de acuerdo con lo dispuesto en la parte 4. a . "Disposiciones varias" de la ley citada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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