Artículo cuarto . Con base en el nuevo recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso; Ministerio de Hacienda if Crédito Público Gastos de Administración, Auxilios y otros. Capítulo 109 Pensiones y Auxilios 106. Al artículo 1125-B. Para auxiliar por una sola vez a la Diócesis de Montería $ 25.000 00 106. Al artículo 1125-C. Para auxiliar por una sola vez a la Iglesia de Flandes (Tolima) $ 15.000.00 Total $ 40.000.00
Decreto 275 de 1958 →Vigente
Artículo 1125
-B
Decreto 275 de 1958 · Por el cual se conceden unos auxilios y se abre un crédito adicional - extraordinario-. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.