Artículo séptimo. El Fondo deberá rendir informes trimestrales a la Superintendencia Nacional de Transportes sobre la cuantía de los recaudos, los gastos de administración, el monto de subsidio y el número de vehículos beneficiados. CAPITULO II Organización del Fondo para el Transporte en Barranquilla.
Decreto 2066 de 1959 →Vigente
Artículo 7
Decreto 2066 de 1959 · Por el cual se crea el fondo para el Transporte, se establece la Cuota Patronal y el Subsidio de Transporte en el Municipio de Barranquilla
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.