Subdirección Financiera . Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes: 23.1 Planear, coordinar, ejecutar, controlar y evaluar las políticas, planes y programas financieros relacionados con el proceso financiero. 23.2 Preparar, en coordinación con los Directores Técnico, de Contratación y Administrativo, para consideración de la Dirección General, el programa anual mensualizado de caja del Instituto y adelantar las solicitudes de PAC ante la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, así como la distribución de la meta global de pago fijada por el Confis. 23.3 Dirigir el análisis del comportamiento financiero y presupuestal del Instituto, efectuar las recomendaciones del caso al Director General y generar los informes que se le requieran por parte de los competentes. 23.4 Administrar el recaudo, la cartera y los ingresos del Instituto en valorización, peajes, permisos de tránsito y usos de la infraestructura y la contraprestación portuaria. 23.5 Efectuar la gestión de presupuesto, contabilidad, tesorería, cartera y recaudo del Instituto. 23.6 Asistir y coordinar a las Direcciones Territoriales en la ejecución de las actividades financieras que estén desconcentradas o le hayan sido delegadas por la Dirección General. 23.7 Dirigir y controlar las gestiones que deba efectuar la entidad con bancos e instituciones financieras. 23.8 Efectuar el cierre anual presupuestal y financiero del Instituto. 23.9 Refrendar y presentar los estados financieros para su aprobación. 23.10 Administrar y controlar los créditos concedidos al Instituto, teniendo en cuenta las estipulaciones previstas en los respectivos acuerdos de préstamo. 23.11 Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de in formación, necesario para que la Subdirección pueda interactuar adecuadamente con otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación. 23.12 Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.
Decreto 2618 de 2013 →Vigente
Artículo 23
Subdirección Financiera
Decreto 2618 de 2013 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías (Invías) y se determinan las funciones de sus dependencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.