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Artículo 9

Los Directores Y Visitadores Del Departamento De Investigaciones Científicas Tendrán Derecho A Viáticos Y Gastos De Transporte Cuando Salgan En Comisión Que Les Asigne El Ministro Del Ramo, Mediante Providencia Especial

Decreto 2489 de 1950 · por el cual se reglamenta el departamento de investigaciones científicas del trabajo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Directores y Visitadores del Departamento de Investigaciones Científicas tendrán derecho a viáticos y gastos de transporte cuando salgan en comisión que les asigne el Ministro del ramo, mediante providencia especial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2489 de 1950