Micelio

Artículo 30

º Son Funciones De La Subdireccion De Administracion: A) Elaborar El Proyecto De Presupuesto De La Dirección General De Impuestos Nacionales, Supervisar La Ejecución Y Proyectar Las Modificaciones Que Se Requieran; B) Ejecutar Las Partidas Asignadas En El Fondo De Divulgación Tributaria En Los Términos De Delegación Del Director General De Impuestos; C) Adelantar Los Trámites Pertinentes En Materia De La Contratación Administrativa, Que Garanticen El Normal Funcionamiento De La Dirección General De Impuestos Nacionales; D) Elaborar Los Proyectos De Actos Administrativos Relacionados Con La Administración De Personal, De La Dirección General De Impuestos; E) Coordinar Con La Subdirección Escuela De Impuestos, La Política De Promoción Y Capacitación De Los Funcionarios; F) Elaborar Los Manuales De Funciones De La Dirección General, E Impartir Instrucciones Sobre La Elaboración De Los Mismos A Nivel Regional; G) Coordinar Las Labores De Investigación Sobre La Conducta De Los Funcionarios De La Dirección General

Decreto 2543 de 1987 · por el cual se adecua la Dirección General de Impuestos Nacionales a la nueva estructura impositiva.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º SON FUNCIONES DE LA SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION

a)

Elaborar el proyecto de presupuesto de la Dirección General de Impuestos Nacionales, supervisar la ejecución y proyectar las modificaciones que se requieran;

b)

Ejecutar las partidas asignadas en el Fondo de Divulgación Tributaria en los términos de delegación del Director General de Impuestos;

c)

Adelantar los trámites pertinentes en materia de la contratación administrativa, que garanticen el normal funcionamiento de la Dirección General de Impuestos Nacionales;

d)

Elaborar los proyectos de actos administrativos relacionados con la administración de personal, de la Dirección General de Impuestos;

e)

Coordinar con la Subdirección Escuela de Impuestos, la política de promoción y capacitación de los funcionarios;

f)

Elaborar los manuales de funciones de la Dirección General, e impartir instrucciones sobre la elaboración de los mismos a nivel regional;

g)

Coordinar las labores de investigación sobre la conducta de los funcionarios de la Dirección General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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