Micelio

Artículo 1

Decreto 344 de 1916 · Por el cual se adicionan los marcados con los números 1020 y 1134 de 1914 y 499 de 1915

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Los gastos ordinarios, urgentes e indispensables para la buena marcha de las Oficinas públicas nacionales, se considerarán, para el efecto del pago, como incluidos en el inciso g) del Decreto número 1020 de 1914.

Parágrafo

Quedan así adicionados los Decretos números 1020 y 1134 de 1914 y 499 de 1915.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 344 de 1916