° Las personas de que trata el artículo anterior estarán sujetas a las siguientes inhabilidades e incompatibilidades, además de las específicas que se señalan más adelante. No podrán por sí ni por interpuesta persona, ni directa ni indirectamente
Ser accionistas, miembros de juntas directivas, asesores o funcionarios de las bolsas de valores;
Ser accionistas, miembros de juntas directivas, asesores o funcionarios de sociedades inscritas en bolsa.
Ser accionistas, miembros de juntas directivas, asesores o funcionarios de sociedades comisionistas de bolsa.
Ser comisionistas independientes