Micelio

Artículo 48

Los Créditos Son Supleméntales Y Extraordinarios

Decreto 3421 de 1965 · por el cual se expide el presupuesto de rentas y gastos del Departamento de La Guajira para la vigencia fiscal entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1966 y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los créditos son supleméntales y extraordinarios. Los primeros tienen por objeto aumentar apropiaciones incluidas en el presupuesto vigente. Los segundos, atender a pagos urgentes o imprescindibles, no previstos en el presupuesto pero autorizados por el Gobierno Nacional u ordenados por sentencia judicial, así como también aquellos destinados a pagar gastos ocasionados por calamidad o conmoción interior.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3421 de 1965