Ejecución del presupuesto. La ejecución del presupuesto del Fondo contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes debe realizarse con sujeción a lo determinado en las Leyes 679 de 2001 y 1336 de 2009, la presente sección, el Estatuto Orgánico del Presupuesto y las disposiciones expedidas en materia presupuestal.
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