Micelio

Artículo 7

°

Decreto 314 de 2021 · Por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Remuneraciones de miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en uso de buen retiro que desempeñen cargos judiciales, investigativos o de apoyo judicial o investigativo en la Justicia Penal Militar y Policial . La Fuerza a la que pertenezca el personal que desempeñe cargos judiciales, investigativos o de apoyo judicial o investigativo continuará pagando sus remuneraciones por todo concepto con cargo al presupuesto asignado a cada una de ellas, incluido el Comando General de la Fuerzas Militares, hasta diciembre de 2022.

Parágrafo

A partir de la vigencia fiscal del año 2023, los recursos que para este efecto tengan destinados las diferentes Fuerzas y el Comando General de la Fuerzas Militares en sus respectivos presupuestos, deberán ser incorporados en el presupuesto de gastos de funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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