º. Los funcionarios que sean nombrados en la Planta de Personal de la Caja Nacional de Previsión Social a que se refiere el artículo primero de este Acuerdo, tendrán derecho a sueldo básico del grado al cual corresponda el cargo.
Decreto 1556 de 1975 →Vigente
Artículo 3
Los Funcionarios Que Sean Nombrados En La Planta De Personal De La Caja Nacional De Previsión Social A Que Se Refiere El Artículo Primero De Este Acuerdo, Tendrán Derecho A Sueldo Básico Del Grado Al Cual Corresponda El Cargo
Decreto 1556 de 1975 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal de la Caja Nacional de Previsión Social determinada por el acuerdo número 008 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.