Micelio

Artículo 1

Decreto 76 de 1931 · POR EL CUAL SE CONCEDE FRANQUICIA TELEGRAFICA A LOS SECRETARIOS TECNICOS DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Para los asuntos urgentes del servicio y dentro de lo prescrito por el Decreto número 896 de 1924, concédese franquicia telegráfica hasta por cincuenta palabras a cada uno de los tres Secretarios Técnicos del Ministerio de Obras Públicas. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 76 de 1931