Empresas autorizadas para realizar cabotajes . Las operaciones de cabotaje se realizarán únicamente por las empresas previamente autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, quienes responderán con su garantía por el cumplimiento de las obligaciones que se deriven del régimen y por la finalización del mismo en el término autorizado por la aduana de partida y las sanciones a que hubiere lugar. Las empresas citadas deben tener el aval de las autoridades de transporte, aeronáutica, marítima o fluvial que corresponda, incluidas las naves o aeronaves donde se pretenda llevar a cabo la operación.
Decreto 390 de 2016 →Vigente
Artículo 408
Empresas Autorizadas Para Realizar Cabotajes
Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.