Micelio

Artículo 106

Decreto 520 de 1882 · Orgánico del Instituto nacional de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 106. Los premios serán distribuidos en una sesion pública que tendrá lugar con este objeto, á la cual asistirán el Director, quien le presidirá, y los empleados del Instituto; y á ella se convidarán los altos funcionarios públicos, los Directores de establecimientos de educacion, los padres ó guardadores de los alumnos y demás personas distinguidas que se hallen en la capital. §. La distribución y forma del acto se hará en el órden y modo señalados por el Director. capítulo 19. Del grado y exámenes para optarlo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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