ARTICULO 21. De las Funciones de la División de Promoción de la Competencia de la Dirección de Comercio y Mercados. - Corresponde a esta División las siguientes funciones
Asesorar y asistir al Director en la formulación, coordinación y elaboración de estudios para el desarrollo del comercio y en la recomendación de políticas que fomenten la productividad y competitividad de la actividad comercial del país;
Colaborar con la Dirección en la elaboración de estudios sectoriales del comercio que permitan identificar fortalezas, debilidades y necesidades;
Actuar como apoyo técnico de la Dirección en la recomendación de políticas, programas y planes para el desarrollo del comercio fronterizo;
Apoyar a la Dirección en la recomendación de normas referentes a propiedad industrial y la participación de Colombia en acuerdos y convenios internacionales;
Recomendar a la Dirección de Comercio y Mercados, los sectores de la actividad industrial o comercial que deban someterse a régimen de control de precios en cualquiera de las modalidades previstas por la normatividad;
Asesorar al Ministro en la determinación y tipo de control que deba aplicarse a los sectores de la actividad industrial o comercial a que se refiere el numeral precedente;
Realizar el seguimiento y estudio del impacto que han tenido las medidas de política económica sobre el comportamiento de los precios de bienes o servicios;
Colaborar con la Dirección de Comercio y Mercados en la recomendación de estrategias que permitan el fomento de las comercializadoras;
Colaborar con la Dirección en el diseño y recomendación de medidas que permitan a los sujetos del sector tener acceso a los diferentes mecanismos crediticios;
Servir como organismo asesor y secretarial del Consejo Superior de Comercio y Mercados;
Impulsar la creación de un sistema de información para el uso del sector comercial;
Las demás actividades que le asigne la ley o el reglamento.