° . Acta de Compromiso en casos de amnistía de iure. Respecto de los integrantes de las Farc-EP que por estar privados de la libertad no se encuentren en posesión de armas, la amnistía se aplicará individualmente a cada uno de ellos cuando el destinatario haya suscrito un acta que se hará llegar a la autoridad judicial competente, junto a la solicitud de amnistía de iure presentada por el solicitante o a requerimiento de dicha autoridad cuando la amnistía se aplique de oficio. De conformidad con lo previsto en los artículos 6°, 14 y 18 de la Ley 1820 de 2016, dicha acta deberá contener únicamente el compromiso de quien fuera a resultar beneficiario de amnistía de iure de terminar el conflicto y no volver a utilizar las armas para atacar el régimen constitucional y legal vigente y la declaración de que conoce el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera suscrito el 24 de noviembre de 2016, y los compromisos de contribuir a las medidas y los mecanismos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición conforme a lo establecido en la Ley 1820 de 2016. El modelo de esta Acta será el contemplado en el Anexo 1, que forma parte de este decreto.
En caso de que quien fuera a resultar beneficiario de la amnistía no se reconozca como integrante de las Farc-EP pero se encuentre en alguno de los supuestos previstos en los numerales 1, 3 y 4 del artículo 6° de este decreto o del artículo 17 de la Ley 1820 de 2016, el acta deberá contener únicamente el compromiso del beneficiario de amnistía de iure de no utilizar las armas para atacar el régimen constitucional y legal vigente y la declaración de que conoce el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera suscrito el 24 de noviembre de 2016 y los compromisos de contribuir a las medidas y los mecanismos del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, conforme a lo establecido en la Ley 1820 de 30 de diciembre de 2016. El modelo de esta Acta será el contemplado en el Anexo 2, que forma parte de este Decreto.