Micelio

Artículo 24

Ley 59 de 1905 · Que organiza el sistema monetario nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 24. Destínase para la conversión del papel-moneda por moneda metálica, el 25 por 100 de 1906 y el 50 por 100 de 1907 en adelante, del producto de las rentas de licores nacionales y extranjeros, pieles ó degüello, tabaco y cigarrillos, y la de fósforos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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