Micelio

Artículo 11

Sección De Tesorería: Son Funciones De La Sección De Tesorería Las Siguientes: A) Recaudar, Consignar Y Responder Por Los Valores Provenientes De Las Actividades Del Club Y De Las Obligaciones De Los Socios Clasificando, Registrando Y Reportando Los Ingresos Diariamente; B) Registrar Obligaciones Contraídas Por El Club, Elaborar Los Cheques Para Cancelar A Proveedores, Contratistas Y Demás Acreedores Y Efectuar Los Pagos Correspondientes, Con Base En Los Comprobantes Y Con Sujeción A Las Normas Administrativas Y Fiscales; C) Mantener Actualizados Los Libros De Caja Y Bancos Y Rendir Informes Diarios De Disponibilidad De Fondos; D) Presentar A La Dirección General Informes Periódicos Y Ocasionales Sobre El Estado De Las Inversiones Temporales Efectuadas Por El Club Y Su Movimiento De Fondos; E) Programar, Coordinar Y Controlar El Servicio De Caja Y Efectuar Arqueos; F) Responder Por El Fondo Fijo De Caja Menor, Legalizando Su Manejo Y Los Reembolsos; G) Efectuar Oportunamente Los Cobros De Las Obligaciones Contraídas Por Los Socios; H) Custodiar Los Títulos Valores, Dineros, Documentos, Libros De Cuentas Por Cobrar Y Tarjetas De Cuentas Corrientes, Efectuando En Éstas Los Registros De Cargos Y Abonos Diariamente; I) Coordinar Con Las Divisiones De Sistematización De Datos Del Ministerio De Defensa Nacional, Policía Nacional Y Cajas De Retiro, Los Descuentos De Las Obligaciones De Los Socios Del Club Y El Oportuno Giro De Las Sumas Deducidas; J) Rendir Informes, Presentar Análisis Y Recomendar Métodos Y Procedimientos Que Agilicen La Recuperación De Cartera; K) Rendir Informe Semestral De Cuentas Por Cobrar, Clasificándolas Por Orden De Antigüedad; L) Presentar Informe Mensual A La División Financiera De Los Ajustes Y Cuotas De Sostenimiento Causadas, Para Efectos De Los Estados Financieros; M) Las Demás Que Le Sean Asignadas Y Estén Acordes Con La Naturaleza De La Dependencia

Decreto 2554 de 1986 · por el cual se aprueba un acuerdo de la Junta Directiva del Club Militar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sección de Tesorería: Son funciones de la Sección de Tesorería las siguientes

a)

Recaudar, consignar y responder por los valores provenientes de las actividades del Club y de las obligaciones de los socios clasificando, registrando y reportando los ingresos diariamente;

b)

Registrar obligaciones contraídas por el Club, elaborar los cheques para cancelar a proveedores, contratistas y demás acreedores y efectuar los pagos correspondientes, con base en los comprobantes y con sujeción a las normas administrativas y fiscales;

c)

Mantener actualizados los libros de caja y bancos y rendir informes diarios de disponibilidad de fondos;

d)

Presentar a la Dirección General informes periódicos y ocasionales sobre el estado de las inversiones temporales efectuadas por el Club y su movimiento de fondos;

e)

Programar, coordinar y controlar el servicio de caja y efectuar arqueos;

f)

Responder por el fondo fijo de caja menor, legalizando su manejo y los reembolsos;

g)

Efectuar oportunamente los cobros de las obligaciones contraídas por los Socios;

h)

Custodiar los títulos valores, dineros, documentos, libros de cuentas por cobrar y tarjetas de cuentas corrientes, efectuando en éstas los registros de cargos y abonos diariamente;

i)

Coordinar con las Divisiones de Sistematización de Datos del Ministerio de Defensa Nacional, Policía Nacional y Cajas de Retiro, los descuentos de las obligaciones de los Socios del Club y el oportuno giro de las sumas deducidas;

j)

Rendir informes, presentar análisis y recomendar métodos y procedimientos que agilicen la recuperación de cartera;

k)

Rendir informe semestral de cuentas por cobrar, clasificándolas por orden de antigüedad;

l)

Presentar informe mensual a la División Financiera de los ajustes y cuotas de sostenimiento causadas, para efectos de los estados financieros;

m)

Las demás que le sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2554 de 1986