º Las Universidades oficiales no podrán recibir como estudiantes suyos a quienes les hubiere sido cancelada la matrícula por los motivos señalados en el presente decreto.
Decreto 1821 de 1972 →Vigente
Artículo 4
Las Universidades Oficiales No Podrán Recibir Como Estudiantes Suyos A Quienes Les Hubiere Sido Cancelada La Matrícula Por Los Motivos Señalados En El Presente Decreto
Decreto 1821 de 1972 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.