Micelio

Artículo 14

Ley 48 de 1990 · por la cual se determina el Régimen de Inversión y Manejo de las Reservas del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones sobre Entidades Financieras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional queda facultado para efectuar la capitalización de que trata el artículo anterior mediante la expedición de títulos de deuda pública en las condiciones que defina el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

El BCH no podrá construir, directa ni indirectamente, nuevos proyectos, sin perjuicio de concluir las obras ya convenidas en contratos de fiducia o las que se encuentren en ejecución a partir de la vigencia de la presente Ley.

Para todos los efectos legales, las acciones que suscriba la Nación se considerarán como capital suscrito y pagado, desde la fecha de emisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 48 de 1990