Micelio

Artículo 5

Señálanse Como Objetivos Del Plan Nacional De Alfabetización Participativa, Los Siguientes: A) Promover La Participación Social Y La Organización Comunitaria Para La Erradicación Del Analfabetismo, De Tal Manera Que Los Alfabetizados Puedan Continuar Su Aprendizaje En Los Programas De Educación Integral Y Permanente De La Campaña De Instrucción Nacional "camina"

Decreto 1633 de 1983 · Por el cual se establece el Plan Nacional de Alfabetización Participativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Señálanse como objetivos del Plan Nacional de Alfabetización Participativa, los siguientes

a)

Promover la participación social y la organización comunitaria para la erradicación del analfabetismo, de tal manera que los alfabetizados puedan continuar su aprendizaje en los programas de educación integral y permanente de la Campaña de Instrucción Nacional "Camina".

b)

Afianzar las habilidades y conocimientos sobre lectura, escritura y cálculo con otras oportunidades y experiencias de aprendizaje.

c)

Integrar las acciones de alfabetización a los programas contemplados en la Campaña de Instrucción Nacional "Camina", en un contexto de educación permanente comunitaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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