Micelio

Artículo 67

Distintivos Por Tiempo De Servicio: Desde Los Quince Años De Servicio Usarán Los Oficiales De Todos Los Grados Una Insignia Especial, Que Consistirá En Una Estrella Para Los Uniformes De Parada Y De Sociedad, Y Una Cinta De Uno A Tres Colores Para Los Uniformes De Diario Y De Campaña, En La Forma Y Condiciones Que Pasan A Expresarse: De Los Quince A Los Veinte Años De Servicio, Una Estrella De Bronce O Cinta Amarilla

Decreto 1040 de 1929 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Distintivos por tiempo de servicio: desde los quince años de servicio usarán los Oficiales de todos los grados una insignia especial, que consistirá en una estrella para los uniformes de parada y de sociedad, y una cinta de uno a tres colores para los uniformes de diario y de campaña, en la forma y condiciones que pasan a expresarse: De los quince a los veinte años de servicio, una estrella de bronce o cinta amarilla. De los veinte a los veinticinco, una estrella de plata o cinta amarilla y azul. De los veinticinco en adelante, una estrella de oro o cinta amarilla, azul y rojo. Tal estrella estará formada sobre un círculo de diez y seis milímetros de diámetro, con marco de cho puntas rebajadas equidistantes, de siete milímetros, unidas entre sí por su base con un dentado de cuatro milímetros. Sobre el círculo irán los colores nacionales esmaltados por fajas. La cinta será de seda acordonada de siete centímetros de longitud por uno de ancho, éste no variará por razón de tener dos o tres colores, que serán de un mismo ancho entre sí; se llevará inmediatamente encima del bolsillo superior izquierdo de la blusa, de manera que su centro quede al frente del ojal respectivo. En la levita y capote la cinta se colocará sobre la solapa izquierda pasando por dentro del segundo ojal a manera de argolla. En los casos que corresponda cinta bicolor o tricolor el amarillo irá colocado arriba.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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