Micelio

Artículo 6

Decreto 1668 de 2002 · por el cual se modifica el Decreto 1867 de 1994.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Representante de las Corporaciones. El representante de las Corporaciones Autónomas Regionales y de las de Desarrollo Sostenible será elegido por ellas mismas, para lo cual la Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales, de Desarrollo Sostenible y Autoridades Ambientales de Grandes Centros Urbanos adelantará la reunión pertinente. La Asociación remitirá al Ministerio del Medio Ambiente, la siguiente información: nombre del representante y copia del acta de la reunión respectiva, en la cual conste la elección. El representante de las Corporaciones, será elegido para un período de cuatro (4) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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