Tablas De Organización Y Equipo . El Comandante General de las Fuerzas Militares y los Comandantes del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea determinarán, dentro de las dotaciones fijadas por la ley, y por medio de Tablas de Organización y Equipo, aprobadas por el Comandante General de las Fuerzas Militares y por el Ministerio de Defensa Nacional, la composición y organización de les elementos integrantes del Comando General de las Fuerzas Militares y de cada una de las Fuerzas.
Para los fines de éste artículo, se entiende por Tablas de Organización y Equipo las disposiciones destinadas a determinar la misión, organización, capacidades y dotaciones de los distintos componentes de las Fuerzas Militares. CAPITULO V. Policía Nacional. Artículo 26. De La Policía Nacional . La Policía Nacional comprende: A) La Dirección General, B) Los Departamentos de Policía C) Las unidades Administrativas, y D) Otros organismos.