º. A la solicitud escrita acompañará el interesado prueba sumaria de los hechos y si de ella aparecieren plenamente comprobados, el funcionario de Policía dictará la orden de lanzamiento a mas tardar el día siguiente. El lanzamiento deberá practicarse dentro de las doce (12) horas subsiguientes a la notificación de la providencia que lo ordene, sin perjuicio de las demás peticiones de la demanda.
Decreto 151 de 1957 →Vigente
Artículo 3
A La Solicitud Escrita Acompañará El Interesado Prueba Sumaria De Los Hechos Y Si De Ella Aparecieren Plenamente Comprobados, El Funcionario De Policía Dictará La Orden De Lanzamiento A Mas Tardar El Día Siguiente
Decreto 151 de 1957 · Por el cual se dictan normas de protección de la industria hotelera
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.