Micelio

Artículo 7

Los Jurados Que Al Efecto Se Nombren Tendrán Un Máximo De Diez (10) Días Para Estudiar Y Calificar Los Trabajos, A Fin De Que, A Más Tardar El 20 De Noviembre O El 15 De Marzo De Cada Año Pueda Proceder El Ministerio De Educación A Escoger Los Cinco (O) Candidatos Que Han De Enviarse, Como Lo Disponen Las Artículos I Y Ii De La Convención De Que Se Trata

Decreto 1982 de 1941 · Por el cual se reglamentan los concurso para la adjudicación de las becas de que trata la Convención para el fomento de las relaciones culturales internacionales suscrita en la ciudad de Buenos Aires, con fecha 23 de diciembre de 1936

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Jurados que al efecto se nombren tendrán un máximo de diez (10) días para estudiar y calificar los trabajos, a fin de que, a más tardar el 20 de noviembre o el 15 de marzo de cada año pueda proceder el Ministerio de Educación a escoger los cinco (o) candidatos que han de enviarse, como lo disponen las artículos I y II de la Convención de que se trata.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1982 de 1941