Micelio

Artículo 4

Decreto 570 de 1875 · Reformatorio del de fecha 15 de mayo de 1874, número 184, espedido en ejecución de la lei de 3 de marzo de 1866, que cedió una estensión de tierras baldías a los pobladores de la aldea del Líbano

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° Remítase el mencionado Libro de reparticion de lotes i solares al Presidente de la Junta administrativa de la aldea del Líbano, para que a cada poblador le espida copia, a su costa, de su respectiva adjudicacion, insertando en ella los artículos 3.° i 4.° de la lei de 3 de marzo de 1866. La copia de la partida de adjudicación servirá de título de propiedad i no se podrán exijir-por espedir dicha copia, mas de cuarenta centavos de derechos.

Parágrafo

Apénas sea recibido dicho libro por el Presidente de la Junta administrativa, hará compulsar una copia de él, en el término de treinta dias, i será esta copia la que tendrá a la vista para espedir los títulos de propiedad. Cuando haya sido compulsada dicha copia será remitido el Libro orijinal a la Notaría del circúito para que sea protocolizado, i la copia de él se remitirá a la Oficina de Estadística nacional, despues de terminar la espedicion de los títulos, para que se archive i se custodie allí.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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