Micelio

Artículo 27

Permanencia Irregular

Decreto 834 de 2013 · por el cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la República de Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Permanencia irregular. Considérase irregular la permanencia de un extranjero en territorio nacional en los siguientes casos

1.

Cuando se dan los supuestos mencionados en el artículo 19 del presente decreto.

2.

Cuando el extranjero habiendo ingresado legalmente permanece en el país una vez vencido el término concedido en la visa o permiso respectivo.

3.

Cuando permanece en el territorio nacional con documentación falsa.

4.

Cuando el permiso otorgado al extranjero ha sido cancelado de conformidad con lo indicado en el artículo 26 del presente decreto. CAPÍTULO II Inadmisión o rechazo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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