Las funciones de la Junta Directiva serán las siguientes:
Formular la política general de la entidad de acuerdo con los objetivos previstos en esta Ley;
Elaborar los estatutos orgánicos y de personal, los cuales se someterán a la aprobación del Ministerio de Educación Nacional;
Determinar la estructura interna del Centro con sujeción a la naturaleza jurídica de las instituciones de utilidad común, así como la fijación de las diferentes dependencias, funciones y las escalas de remuneración correspondientes a los distintos cargos;
Autorizar y aprobar la celebración de los contratos del Centro en las cuantías que determinen los estatutos;
Adoptar el presupuesto de la Entidad;
Aprobar los programas especiales que proyecten los directores del Centro;
Controlar el funcionamiento general del Centro y verificar su conformidad con la política adoptada por la institución, y
Las demás que le asignen los estatutos.