Micelio

Artículo 7

Decreto 275 de 1983 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo séptimo . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean, contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1983. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 275 de 1983