Artículo primero. La Junta Constructora del Hospital Ramón González Valencia, de que trata el artículo primero del Decreto número 0618 de 1960 (16 de marzo) estará compuesta así: Un representante del Ministerio de Salud Pública. Un representante de la Universidad Industrial de Santander. Un representante de la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina. Un representante de la Junta del Servicio de Salud de Santander. Un representante del Cuerpo Médico. Un representante del Hospital San Juan de Dios de Bucaramanga (Director).
El representante del Cuerpo Médico será nombrado por el Gobernador de Santander, de lista de candidatos que le presenten las Asociaciones Médicas del Departamento.