Artículo segundo . El Fondo rotatorio del Ministerio de Justicia y el Fondo de Inmuebles Nacionales, celebrarán los convenios que resulten necesarios para la ejecución de los contratos vigentes de construcción de edificios nacionales, destinados o proyectados para el funcionamiento de las oficinas de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Publico. La supervigilancia técnica corresponderá al Fondo de Inmuebles Nacionales.
Decreto 2735 de 1981 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2735 de 1981 · Por el cual se reglamenta el Decreto 1208 de 1973.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.