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Artículo 5

Por Regla General, Las Personas Que Prestan Sus Servicios En Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado, Vinculadas Al Ministerio De Defensa Nacional Son Trabajadoras Oficiales

Decreto 2334 de 1971 · Por el cual se regula el régimen de remuneraciones y prestaciones sociales de los empleados públicos y trabajadores oficiales de las entidades descentralizadas adscritas o vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Por regla general, las personas que prestan sus servicios en las empresas industriales y comerciales del Estado, vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional son trabajadoras oficiales. No obstante lo anterior, en los estatutos de dichas entidades, se precisarán las funciones que deben ser desempeñadas por personas que tengan la calidad de empleados públicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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