Micelio

Artículo 1

Decreto 2460 de 1947 · Por el cual se dicta una medida para la mejor administración de los Corregimientos de los Territorios Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Los empleados de la Policía Nacional que sean nombrados como Corregidores o como Secretarios de los Corregidores en las Intendencias y Comisarias, podrán devengar al mismo tiempo el sueldo que les corresponda como miembros de la Policía Nacional y el señalado por los presupuestos intendenciales y comisariales a los cargos de Corregidor o Secretario del Corregidor, según el caso. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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