Micelio

Artículo 32

Decreto 2969 de 1960 · Sobre Bolsas de Valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las prohibiciones contenidas en los dos artículos anteriores se extienden a las personas que, sin ser miembros de una Bolsa, habitualmente se dediquen a este género de corretaje, sobre los títulos o valores que hacen Ia materia ordinaria de sus operaciones, y quienes si lo podrán realizar esta clase de negociaciones cuando obedeciendo a motivos ajenos a especulación, obtengan permiso previo del Superintendente Bancario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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