Responsabilidad. Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que ejecuten alguno de los proyectos, obras o actividades de que trata el presente Decreto, serán civilmente responsables por los daños que causen al medio ambiente y los recursos naturales renovables en virtud de las acciones u omisiones que se deriven del incumplimiento de las normas ambientales. Lo anterior sin perjuicio de las medidas de policía a que haya lugar de conformidad con lo dispuesto en el Título XII de la Ley 99 de 1993.
Decreto 1421 de 1996 →Vigente
Artículo 15
Decreto 1421 de 1996 · por el cual se reglamenta el artículo 134 del Decreto-ley 2150 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.