Micelio

Artículo 233

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Igualdad en la investigación y aná lisis. Los peritos de los laboratorios de Policía Judicial y de Medicina Legal practicarán, con igual celo y diligencia, las investigaciones y análisis soli citados por el funcionario encargado de la inves tigación, el Juez y el defensor del procesado. Rendirán su dictamen a quien lo haya solicitado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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