Micelio

Artículo 28

Decreto 18670108 de 1867 · Reglamentando el Instituto Nacional de Ciencias y Artes y organizando la Academia anesa a él.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 28 . Los alumnos que optaren derecho a que se les espida un diploma, necesitan: 1.° Certificado de buena conducta durante el tiempo que han pertenecido al Instituto, espedido por el respectivo Director i autorizado por el Secretario; 2.° Exhibir los certificados de los exámenes de fin de año que hayan presentado, los cuales estenderán los respectivos profesores a continuación de las matrículas; 3.° Ser aprobados con plenitud en un examen de tres horas ante la Academia i tres profesores mas, designados por el Director del Instituto.'

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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