Micelio

Artículo 20

Firmado El Falló Se Pasará Al Cajero Pagador De Sueldos De Retiro Del Ejército, Juntó Ron El Legajo De Comprobantes Correspondientes Por Duplicado, Para Que Dicho Cajero Haga Los Pagos Y Giros Del Caso A Los Interesados En Los Primeros Días Del Mes Siguiente A La Fecha De Su Expedición

Decreto 1140 de 1937 · Por medio del cual se reglamenta el artículo 17 de la Ley 3a de 1937, en relación con otras disposiciones de la misma Ley

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Firmado el falló se pasará al Cajero Pagador de Sueldos de Retiro del Ejército, juntó ron el legajo de comprobantes correspondientes por duplicado, para que dicho Cajero haga los pagos y giros del caso a los interesados en los primeros días del mes siguiente a la fecha de su expedición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1140 de 1937