Micelio

Artículo 15

Decreto 2407 de 1991 · por el cual se dictan normas en materia de integración de autopartes de producción nacional en el ensamble de vehículos automotores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integración del Consejo . El Consejo Superior del Sector Automotriz estará integrado así: - El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado, quien lo presidirá. - El Superintendente de Industria y Comercio o su delegado. - Un delegado del Departamento Nacional de Planeación. - Un representante de las empresas ensambladoras, designado por el Ministro de Desarrollo Económico de ternas que para el efecto le envíen. - Un representante de las empresas productoras de autopartes, designado por el Ministro de Desarrollo Económico de ternas que para el efecto le envíen.

Parágrafo

El Consejo Superior tendrá una Secretaría Técnica a cargo de la persona o personas designadas de acuerdo a como se establezca en el reglamento interno del Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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