Micelio

Artículo 99

Ley 1862 de 2017 · por la cual se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es competente para fallar en primera instancia dentro de los procesos disciplinarios que se adelanten en la Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial (Cotecmar) por faltas gravísimas contra oficiales, suboficiales e infantes de marina, el Presidente de Cotecmar

La competencia en segunda instancia por faltas gravísimas dolosas corresponderá al Comandante General de las Fuerzas Militares, las demás al Segundo Comandante de la Armada Nacional.

Es competente para fallar en primera instancia dentro de los procesos disciplinarios que se adelanten en la Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial (Cotecmar) por faltas graves contra oficiales, suboficiales e infantes de marina, los Vicepresidentes de Cotecmar o equivalentes dentro de la línea de dependencia funcional y orgánica que compete a cada uno de ellos, según la estructura organizacional de Cotecmar. La competencia en segunda instancia es del Presidente de Cotecmar.

Es competente para fallar en primera instancia dentro de los procesos disciplinarios que se adelanten en la Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial (Cotecmar) por faltas leves contra oficiales, suboficiales e infantes de marina, los Jefes de Oficina de Cotecmar o equivalentes y los señores Gerentes de Cotecmar o equivalentes, dentro de la línea de dependencia funcional y orgánica que compete a cada uno de ellos, según la estructura organizacional de Cotecmar. La competencia en segunda instancia es de los Vicepresidentes de Cotecmar dentro de la línea de dependencia funcional y orgánica que compete a cada uno de ellos, según la estructura organizacional de Cotecmar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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