º A partir del 1º de enero de 1989, el impuesto de timbre nacional que se cause en el exterior por las siguientes actuaciones consulares quedará así
Pasaportes ordinarios y ejecutivos, veinticinco dólares (US$ 25.00), o su equivalente en otras monedas.
Certificaciones, seis dólares (US$ 6.00) o su equivalente en otras monedas.
Autenticaciones de firmas, seis dólares (US$ 6.00) o su equivalente en otras monedas.
Reconocimiento de firmas, seis dólares (US$ 6.00) o su equivalente en otras monedas.
Protocolización de escrituras públicas en el libro respectivo del Consulado Colombiano, cien dólares (US$100.00) o su equivalente en otras monedas.