Micelio

Artículo 11

Decreto 3830 de 1985 · Por el cual se dictan medidas temporales de carácter tributario y otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Estarán exentas del impuesto de renta y complementarios, en la proporción que se indica en el presente artículo, las rentas provenientes de nuevas empresas agrícolas o ganaderas o de nuevos establecimientos industriales, comerciales o mineros ubicados en las áreas que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi califique como afectadas por la actividad volcánica del Nevado del Ruiz. La exención será del ciento por ciento (100%) para los años gravables de 1986 y 1987; del cincuenta por ciento (50%) para los años de 1988 y 1989; y del veinte por ciento (20%) para los años gravables de 1990 y 1991. El tratamiento aquí previsto únicamente será aplicable para los períodos señalados. Gozarán del mismo beneficio aquellas empresas o establecimientos de la naturaleza y ubicación mencionados en este artículo que, habiendo sido puestos en imposibilidad de adelantar normalmente sus actividades por obra del fenómeno volcánico, según certificación del Instituto Geográfico Agustín codazzi, reanuden aquéllas. Estas exenciones también regirán para las empresas de tardío rendimiento, caso en el cual, para la determinación del momento en el cual debe empezar a aplicarse la exención el contribuyente deberá acompañar certificación del Ministerio de Agricultura, si se trata de empresas agrícolas o ganaderas, del Ministerio de Minas y Energía, si se trata de empresas mineras, y del Ministerio de Desarrollo Económico si se trata de empresas industriales o comerciales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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