El artículo 14 del Decreto 956 de 1970 quedará así:
Cada Juzgado de Instrucción Penal Aduanera tendrá:
1 Secretario grado 17
1 Escribiente grado 9
1 Escribiente grado 7
1 Citador grado 6
Ley 6 de 1977 · Por la cual se modifica el Decreto 956 de 1970, reorgánico de la Jurisdicción Penal Aduanera
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El artículo 14 del Decreto 956 de 1970 quedará así:
Cada Juzgado de Instrucción Penal Aduanera tendrá:
1 Secretario grado 17
1 Escribiente grado 9
1 Escribiente grado 7
1 Citador grado 6
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.