El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias. El artículo 21 del Decreto 359 de 1995, continuará vigente hasta el 1° de junio de 1996, fecha en la cual se entenderá derogado.
Decreto 630 de 1996 →Vigente
Artículo 15
Decreto 630 de 1996 · por el cual se modifica el Decreto 359 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.