°. Exceptúase a la Unidad Nacional de Protección durante la presente vigencia fiscal, de la aplicación de las restricciones previstas en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000 en el crecimiento de los gastos de personal relativos a la modificación de su estructura y planta de personal, para la implementación inmediata de medidas materiales de protección de que trata el Punto 3.4.7.4 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, dentro del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política.
Artículo 1
Exceptúase A La Unidad Nacional De Protección Durante La Presente Vigencia Fiscal, De La Aplicación De Las Restricciones Previstas En El Artículo 92 De La Ley 617 De 2000 En El Crecimiento De Los Gastos De Personal Relativos A La Modificación De Su Estructura Y Planta De Personal, Para La Implementación Inmediata De Medidas Materiales De Protección De Que Trata El Punto 3
Decreto 298 de 2017 · por el cual se exceptúa a la Unidad Nacional de Protección de las restricciones previstas en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.