Asígnanse los siguientes sueldos, de conformidad con la nota citada, á los empleados que en seguida se indican :
Decreto 223 de 1888 →Vigente
Artículo 50
Decreto 223 de 1888 · Reformatorio del número 197 de 9 de diciembre de 1887, por el cual se fijan definitivamente los sueldos a los empleados de los Juzgados de Circuito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.